La Concejalía de Consumo del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz y la Asociación Murciana de Consumidores y Usuarios, Consumur, han desarrollado una campaña conjunta de fomento de adhesión de los empresarios y comerciantes del municipio al Sistema Arbitral de Consumo. El resultado de los trabajos realizados ha sido muy satisfactorio, según ha destacado la responsable del área de Consumo en el Ayuntamiento, Mercedes Vélez, quién ha destacado que Caravaca de la Cruz se sitúa ya sitúa entre los municipios de la Región de Murcia con un mayor nivel de adhesión con más de nuevos 30 establecimientos adheridos al Sistema Arbitral de Consumo, lo que suma un total 278 empresas en el municipio.
La responsable de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de Caravaca de la Cruz, coordinadora de la campaña, ha visitado durante los meses de octubre y noviembre más de 30 empresas para dar a conocer a sus responsables las características y ventajas que este sistema reporta tanto a los consumidores y/o usuarios como a los propios empresarios. El resultado de las gestiones realizadas es que 32 empresas del municipio se han sumado al Sistema Arbitral de Consumo mediante la firma del oportuno convenio de adhesión a la Junta Arbitral de Consumo, pasando de esta forma a ser 278 los establecimientos adheridos al SAC en Caravaca de la Cruz.
Las 32 empresas adheridas en Caravaca de la Cruz durante la campaña pertenecen a diversos sectores de actividad: textil, hostelería, telefonía, muebles, informática, calzados y complementos, tintorerías, autoescuelas, bazar, artículos de regalo, talleres de reparación, etc.
Sistema Arbitral de Consumo
El Arbitraje de Consumo es un procedimiento de resolución de conflictos voluntario, rápido, sencillo, eficaz y sin costes que permite solucionar las discrepancias entre las partes sin tener que acudir a los tribunales, facilitando de este modo las relaciones comerciales de la ciudadanía. En la Junta Arbitral se encuentran representados la Administración, los empresarios y los consumidores. Sus resoluciones (laudos), son de obligado cumplimiento para todas las partes adscritas a la misma. Se pueden someter a arbitraje todas aquellas reclamaciones en las que no concurran intoxicación, lesión o muerte, ni existan indicios razonables de delito.
La petición de arbitraje deberá ser presentada inicialmente en la OMIC, donde en primera instancia se informará al solicitante acerca de si el establecimiento en cuestión está adherido al Sistema Arbitral de Consumo.
La utilización del Arbitraje de Consumo está llena de ventajas tanto para el consumidor como para el empresario, ya que los trámites son mínimos y fáciles de realizar, el resultado se produce en un tiempo breve, sus efectos son obligatorios y la composición del órgano arbitral garantiza la defensa de los derechos de todas las partes.
Garantía para el consumidor y/o usuario
La adhesión de una empresa al Sistema Arbitral de Consumo supone una garantía para el consumidor y/o usuario de que cualquier discrepancia que surja en su relación con la misma será resuelta por un órgano en el que estarán debidamente representados sus intereses, de forma rápida y sin costes.
Del mismo modo la adhesión al Sistema Arbitral supone también una ventaja para la empresa, ya que ésta se beneficia de la rapidez, eficacia y adecuada defensa de sus intereses al tiempo que su adscripción al Sistema supone a la vez un reclamo para el consumidor por las ventajas que para el mismo supone una relación comercial con empresas adheridas al Sistema.
Para cualquier información, las personas interesadas pueden dirigirse a la Oficina Municipal de Información al Consumidor, situada en la Plaza del Arco, nº 1 de Caravaca de la Cruz, así como a través del Teléfono 968 708 457.