Las Directivas Europeas de eficiencia energética de los edificios ha dado lugar a la aprobación de la legislación y normativa al objeto de cumplir con la mencionada directiva en nuestro país, concretamente su incorporación al Código Técnico de la Edificación, con el objetivo de establecer requisitos básicos de “Ahorro de energía”, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energía renovable.
Además, se obliga a poner a disposición de compradores y usuarios de los edificios de nueva construcción y en reformas de más de 1000 m2, de un certificado de eficiencia energética, con información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía. La certificación es similar a la ya utilizada en otros productos de consumo doméstico, como electrodomésticos, lámparas, etc, y se divide en 7 clases que van de la más eficiente, A, a la menos, G, según el gráfico, algo que es importante que los ciudadanos conozcan y que los Ayuntamientos difundan:
Por Parte del Ministerio de Industria, a través del PLAN DE ACCIÓN 2008 – 2012, dentro de la ESTRATEGIA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN ESPAÑA 2004-2012, entre otras medidas pretende:
Promover la construcción de nuevos edificios y la rehabilitación de existentes con alta calificación energética, con el objetivo de que cerca del 20% de la nueva superficie construida en edificios sea de alta clasificación energética, Clase A o B. Para este fin el Plan promueve, entre otros aspectos, la implicación de las Administraciones Públicas tanto autonómicas como locales para que ejerzan un papel ejemplarizante en la construcción y rehabilitación de sus edificios, o en los que éstas promuevan, de manera que obtengan alta clasificación energética A o B.
Así mismo, el Plan pretende conseguir para los edificios existentes mejorar la envolvente o aislamiento térmico y la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, es decir, las instalaciones de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, por lo que se promoverá también que las Administraciones Públicas ejerzan un papel ejemplarizante en la renovación energética de las instalaciones térmicas de los edificios públicos, medida esta que también se concreta en la Ley de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia.
Según el Portavoz Socialista, Alfonso Sánchez, todos sabemos el lastre cada vez mayor que supone la factura energética sobre todo para mitigar el calor o frío intenso, de ahí la importancia del ahorro energético, además de reducir la emisión de gases contaminantes. Por ello queremos conseguir que el municipio de Caravaca tome iniciativas que sean punteras en nuestra Región, con el siguiente ACUERDO:
Que en todas las licitaciones de obras con destino a edificación o reforma de edificios públicos municipales, o que sean sostenidos con fondos públicos, se imponga la condición de que obtengan alta clasificación de eficiencia energética, A o B. Esto se deberá recoger en los Pliegos de Condiciones (algo que no se ha tenido en cuenta en la licitación del Auditorio).
Así mismo, que se realice un estudio técnico y de viabilidad sobre la mejora de la eficiencia y ahorro energético de los edificios municipales de uso público, incluyendo los colegios de primaria, teniendo en cuenta las posibles líneas de ayudas o subvenciones para este fin.
Finalmente, que el Ayuntamiento redacte una Ordenanza Municipal sobre Eficiencia y Ahorro Energético, dentro del ámbito de sus competencias.