Ofrecer información sobre las subvenciones recogidas en el Plan de Vivienda y los procedimientos necesarios para acceder a ellas es el cometido de la oficina que todos los jueves, hasta el 3 de marzo, presta atención al público en el Ayuntamiento de Caravaca. Así lo ha anunciado el concejal de Urbanismo, Enrique Fuentes, quién ha ofrecido una rueda de prensa, junto a la edil de Servicios Sociales, Mª José Soria, y el técnico responsable del servicio, David Cobarro.
"Se trata de subvenciones para el alquiler de viviendas y también para la rehabilitación de edificios construidos antes de 1981, unas ayudas que son muy interesantes para paliar los deterioros en inmuebles del municipio, que estos años se han visto agravados por la crisis económica", tal y como ha destacado el titular del área municipal de Urbanismo.
Asimismo, Enrique Fuentes ha especificado que las ayudas a la rehabilitación van destinadas a tres tipos de actuaciones: conservación y mantenimiento de zonas comunes, mejora de calidad y sostenibilidad para la eficiencia energética y obras de accesibilidad, tales como la instalación de ascensores o rampas de acceso.
La oficina, que comenzó a prestar sus servicios el pasado jueves con más de 25 vecinos atendidos, está situada en el punto de información turística de la Plaza del Arco, donde el técnico responde todos los jueves a las dudas que plantean los ciudadanos e informa de las bases de estas convocatorias de ayudas, de las 9.00 a las 14.00 horas.
Ayudas para el alquiler de viviendas
El objeto de esta ayuda es la financiación de parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de las viviendas alquiladas, facilitando el acceso y la permanencia en las mismas.
Podrán ser beneficiarios las personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes: Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de un inmueble situado en la Región de Murcia; que la vivienda arrendada o a arrendar constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario; que todas las personas que tengan o vayan a tener su domicilio en la vivienda arrendada (unidad de convivencia) posean la nacionalidad española, o la de alguno de los estados de la Unión Europea, o se trate de extranjeros no comunitarios con residencia legal en España; que la renta establecida en el contrato de arrendamiento no supere la cuantía de 500 euros mensuales y que los ingresos de las personas que tengan, o vayan a tener, su domicilio en la vivienda sean en su conjunto superiores a 0,5 el IPREM.
Se concederán ayudas de hasta el 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler, con un límite máximo de 200 € mensuales y de 2.400 euros anuales por vivienda. Las ayudas solo podrán disfrutarse durante un año, siendo la fecha final el 31 de diciembre de 2016 o hasta agotarse la partida presupuestaria.
El plazo de presentación finaliza el 29 de febrero.
Subvención para la rehabilitación de edificios.
Los beneficiarios son comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarios únicos de edificios de viviendas.
La cuantía máxima de la subvención no podrá superar los 14.850 euros por vivienda y por cada 100m2 de superficie útil. Tendrá como límite el 35% del coste subvencionable de la actuación (50% en caso de mejora de la accesibilidad).
El plazo de presentación finaliza el 29 de febrero.